El 30 de septiembre de 2026 termina el plazo para presentar documentación adicional o subsanar las solicitudes de regularización extraordinaria para personas migrantes que se presentaron dentro del plazo establecido. Las personas que hayan presentado su solicitud dentro del plazo establecido y necesiten aportar documentación adicional podrán hacerlo hasta esa fecha en las oficinas de Correos habilitadas para este trámite.

¿Qué es una subsanación en la regularización extraordinaria?

Una subsanación en la regularización extraordinaria permite aportar documentación adicional o corregir documentación que se presentó de forma incompleta o incorrecta en la solicitud inicial. Por ejemplo, se pudo haber presentado documentación innecesaria para el trámite, o puede ser que la documentación estuviera incompleta o fuera incorrecta.

En el plazo de subsanación, se puede aportar más documentación para asegurar que la solicitud sea considerada por el organismo pertinente, en este caso las autoridades competentes en migración. Esta subsanación puede marcar la diferencia entre la aceptación y el rechazo de una solicitud.

¿Quién puede presentar una subsanación de la regularización extraordinaria?

Este plazo de subsanación es útil para aquellas personas que hayan presentado su solicitud en plazo y que necesiten aportar documentación adicional. Esta documentación puede presentarse por iniciativa propia o como respuesta a un requerimiento de subsanación que hayan recibido. En el caso de este último grupo, lo más probable es que la documentación que se haya presentado en la solicitud fuera incorrecta o estuviera incompleta.

Las personas que no presentaran su solicitud de regularización extraordinaria antes del 30 de junio de 2026 no pueden acogerse a esta subsanación.

¿Qué hacer si recibes un requerimiento de subsanación?

Primero, es importante revisar la notificación del requerimiento para ver qué se está solicitando (pasaporte completo, antecedentes penales, traducción jurada, vínculo familiar…). Una vez se sepa cuál es, habrá que obtener el documento necesario y presentarlo en Correos.

¿Dónde presentar la subsanación de la regularización extraordinaria?

Se pueden presentar en oficinas de Correos seleccionadas (un total de 383 oficinas), que pueden consultarse aquí. No es necesario tener cita previa. Durante este mes, suelen estar abiertas de 08:30 a 17:30 y, en algunos casos, se alarga hasta las 19:30. Conviene consultar el horario de cada oficina, porque cambia entre unas y otras.

¿Por qué se hace en Correos?

Correos no es una mera empresa de mensajería, sino que también actúa como registro administrativo. En el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, se crea un mecanismo especial de colaboración de Correos con la Administración, en la que se encarga de la gestión material en tareas relacionadas con solicitudes en las disposiciones adicionales vigésima y vigesimoprimera del Reglamento de Extranjería. De hecho, cita expresamente «aportaciones complementarias y subsanaciones», como es este caso concreto.

A pesar de lo que al público general le pueda parecer, Correos va mucho más allá de envíos y cartas.

FAQ

¿Quién puede presentar una subsanación de la regularización extraordinaria?

Todas aquellas personas que hayan solicitado la regularización en plazo. No hace falta haber recibido un requerimiento para poder hacer una subsanación, se pueden añadir o modificar documentos a la solicitud si se cree que van a ayudar con la misma.

¿Dónde tengo que presentar la documentación?

En algunas oficinas de Correos (no en todas), y no hace falta tener cita previa.

¿Hasta cuándo puedo presentar la subsanación?

Hasta el 30 de septiembre de 2026.

¿Qué documentos tengo que presentar para subsanar?

Si has recibido un requerimiento, lo que indique en ese escrito. Si no has recibido ningún requerimiento, puedes añadir la documentación que estimes necesaria.

¿Puedo presentar una subsanación para que se tenga en cuenta mi proceso de regularización?

No. La subsanación solo es necesaria si se necesita enmendar algún error en la regularización, que debe haber sido presentada en el plazo anteriormente establecido.

¿Puedo aportar documentación aunque no haya recibido un requerimiento?

Sí. No es necesario haber recibido un requerimiento para aportar documentación adicional. Las personas que presentaron su solicitud de regularización extraordinaria dentro del plazo pueden presentar documentación por iniciativa propia si necesitan ampliar la información aportada inicialmente o completar su expediente.